Arequipa

Congresistas del nacionalismo Solórzano y Zamudio excluidos de las elecciones

11 de marzo de 2016
Congresistas del nacionalismo Solórzano y Zamudio excluidos de las elecciones
Mediante la Resolución Nº 0185-2016-JNE publicada ayer, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Walter Cayro Meneses, personero legal titular de la organización política Partido Nacionalista Peruano, y consecuencia, confirmó la Resolución Nº 4-2016-JEE-Arequipa1/JNE, del 26 de febrero, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Congreso por Arequipa.
 
Esta decisión se adoptó porque el Partido Nacionalista realizó elecciones internas mediante el voto de delegados por mano alzada, cuando este proceso debió cumplirse con el voto secreto. El informe que presentó el fiscalizador del JNE que estuvo presente en la Primera Asamblea General Nacional del nacionalismo certificó la irregularidad.
 
“Con el recurso de apelación y, posteriormente, en el informe oral de la audiencia pública, el personero legal admitió que, efectivamente, la votación para elegir a sus candidatos al Congreso de la República se realizó a mano alzada”, señala parte del texto de la Resolución del JNE.
 
Otra causal de la improcedencia que dictaminó el Jurado Electoral Especial (JEE) Arequipa 1, fue por la inclusión en la lista de la candidata Marianella Libertad Segovia Villanueva, cuando ella no había sido elegida en los comicios internos ni figuraba como accesitaria. En este caso, el JNE dio la razón al Partido Nacionalista.
 
Con esta determinación los congresistas nacionalistas que pretendían la reelección, como Ana María Solórzano Flores y Tomás Zamudio Briceño, quedan al margen de los comicios del 10 de abril, al igual que los otros cuatro candidatos (David Apaza Enríquez, Melitón Valencia Flores, Víctor Polar Concha y Marianella Segovia Villanueva).
 
La presidenta del JEE Arequipa 1, Cecilia Aquize Díaz, dijo que el Partido Nacionalista tiene la chance de presentar un recurso extraordinario para objetar el debido proceso.
 
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