Congreso busca penalizar difusión de mensajes privados en prensa

Especialistas advierten riesgos para la labor periodística.
La Comisión de Justicia del Congreso, presidida por Flavio Cruz Mamani (Perú Libre), reanudó ayer el debate del predictamen que modifica el artículo 164 del Código Penal para penalizar la difusión de mensajes privados de plataformas como WhatsApp y Telegram en medios de comunicación.
El proyecto de ley n° 5849/2023-CR denominado «Ley que modifica el artículo 164° del Decreto Legislativo N° 635, Código Penal» extiende el delito de «publicación indebida de correspondencia» —actualmente limitado a cartas y telegramas— a plataformas digitales, aplicaciones de mensajería instantánea, redes sociales y correos electrónicos.
SANCIONES PROPUESTAS
La iniciativa de José Elías Ávalos (APP) establece un mínimo de 150 días multa para los infractores. «El que publica, indebidamente, una correspondencia epistolar, telegráfica, de mensajería instantánea o correo electrónico, no destinada a la publicidad, aunque le haya sido dirigida, será reprimido si el hecho causa algún perjuicio a otro, con 60 a 120 días de multa», señala el proyecto.
De aprobarse, los periodistas que difundan estas comunicaciones podrían ser denunciados por «causar perjuicio a otros», sin importar si responde al interés ciudadano. La sanción prevista es de hasta 52 jornadas de «limitación de días libres», que obliga al condenado a realizar actividades en instituciones públicas durante fines de semana y feriados.
Asimismo, el predictamen sostiene que no existe impacto negativo en la libertad de expresión y prensa.
DEBATE Y MODIFICACIONES
Según Flavio Cruz, la iniciativa actualiza la norma ante un vacío legal. «Ese vacío genera inseguridad jurídica y deja sin tutela penal a ciudadanos cuyos mensajes privados son difundidos sin autorización. Se busca actualizar la protección penal al secreto y la intimidad de las comunicaciones incorporando nuevos soportes tecnológicos», explicó.
El predictamen omitía inicialmente la frase «sin que medie interés público», lo que generó críticas. El congresista Jorge Morante (Fuerza Popular) subrayó que «deberían considerarse válidas las publicaciones cuando tienen interés público o evidencia de algún ilícito».
Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) coincidió: «Los funcionarios públicos estamos sujetos al escrutinio público. Es importante mantener esa frase para evitar criminalizar la labor de prensa. Estos años muchos casos de corrupción se han difundido por medios que proporcionan información veraz y aseguran transparencia».
CRÍTICAS DE ESPECIALISTAS
El Instituto Prensa y Sociedad (IPYS Perú), consultado por la Comisión junto al Ministerio Público y Poder Judicial, no emitió opinión formal. El Ministerio de Justicia calificó la propuesta como «viable con modificaciones», mientras la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) alertó que «criminalizaría la actividad periodística».
Especialistas en libertad de expresión advirtieron que podría limitar la labor periodística y afectar la cobertura de casos de interés público. Señalaron que la jurisprudencia actual permite difundir comunicaciones cuando hay interés público prevalente y que la modificación podría generar autocensura.
El debate continuará la próxima semana, mientras genera alertas sobre el equilibrio entre la protección de la intimidad de funcionarios públicos y el derecho ciudadano a la información.
También lee: Cusco ordena usar quechua en ceremonias y atención pública
Leer comentarios