Perú

Docentes sin maestría seguirán enseñando en universidades

9 de enero de 2026
BENEFICIA A LOS QUE INGRESARON A LABORAR CON LA LEY UNIVERSITARIA ANTIGUA

Congreso también suma nueva prórroga para obtener grados académicos.

El Congreso promulgó por insistencia la Ley n.° 32551, que modifica la Ley Universitaria y permite que docentes sin grado de maestría o doctorado continúen dictando clases en las universidades del país, siempre que hayan ingresado a la carrera docente bajo la antigua legislación universitaria vigente hasta 2014. 

La ley incorpora disposiciones complementarias que vuelven opcional el requisito de contar con estudios de posgrado para estos catedráticos y los exonera de acreditar grados académicos de maestría o doctorado para acceder a promociones dentro de la carrera docente. En contraste, la Ley Universitaria vigente establece como obligatorio el grado de maestro para dictar clases en programas de pregrado y el grado de doctor para la docencia en programas de doctorado.

Desde su promulgación en 2014, el plazo para que los docentes cumplan con estos requisitos académicos ha sido ampliado en reiteradas ocasiones. En 2020, en el contexto de la emergencia sanitaria por la covid-19, el gobierno de Martín Vizcarra extendió el plazo hasta noviembre de 2021. Posteriormente, en 2021, el Congreso aprobó una nueva prórroga hasta diciembre de 2023 y, en diciembre de ese mismo año, se dispuso otra ampliación, fijando como fecha límite el 30 de diciembre de 2025.

La nueva norma también extiende hasta diciembre de 2026 el plazo para que los docentes que ingresaron bajo el régimen de la actual Ley Universitaria obtengan los grados académicos exigidos.

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