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Angie Delgado
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Pensión por Consumo regirá desde el 1 de enero de 2027

Ingreso será a través de las boletas electrónicas. Desde el 1 de enero de 2027 comenzará a aplicarse el cómputo del ahorro con fines previsionales mediante la denominada Pensión por Consumo, mecanismo contemplado en la r

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Pensión por Consumo regirá desde el 1 de enero de 2027

Ingreso será a través de las boletas electrónicas.

Desde el 1 de enero de 2027 comenzará a aplicarse el cómputo del ahorro con fines previsionales mediante la denominada Pensión por Consumo, mecanismo contemplado en la reforma del sistema previsional peruano.

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El aporte permitirá destinar un monto equivalente al 1 % de determinadas compras sustentadas mediante boletas de venta electrónicas, siempre que estas consignen los datos del consumidor, incluido su Documento Nacional de Identidad.

Según lo explicado por el economista Jorge González Izquierdo a Andina, las personas deberán solicitar la boleta electrónica al realizar sus compras para que estas puedan ser consideradas dentro del cálculo del aporte previsional.

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La norma establece que el aporte por consumo se calcula anualmente y equivale al 1 % de la suma de los importes considerados, con un límite de 8 UIT anuales. Además, las boletas electrónicas cuyo importe supere los 700 soles mensuales no son consideradas para este cálculo.

Este mecanismo constituye un aporte complementario destinado a mejorar la futura pensión de jubilación de los afiliados al sistema. Los recursos provienen del tesoro público y son administrados mediante una cuenta especial de carácter previsional.

Entre los objetivos de esta medida se encuentra incentivar que los consumidores soliciten comprobantes electrónicos y, con ello, promover la formalización de las actividades económicas. También busca incorporar al ahorro previsional a personas que no realizan aportes regulares a los sistemas de pensiones.

El aporte por consumo tiene carácter intangible e inembargable y permanece destinado a fines previsionales. Además, no todas las adquisiciones forman parte del cálculo: la normativa excluye, entre otros conceptos, las compras de equipos, vehículos y maquinarias.

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