Arequipa

Arequipa: Más de 1900 detenidos por violar restricciones por COVID-19

15 de abril de 2020
Detenidos por infringir las restricciones de la emergencia.

Algunos malos ciudadanos incluso agredieron a efectivos de la Policía y las Fuerzas Armadas.

En el primer mes del Estado de Emergencia Nacional, más de 1 900 personas fueron detenidas en Arequipa por violar las restricciones sociales dispuestas contra la propagación del coronavirus.

El Ministerio Público dio a conocer que desde el lunes 16 de marzo hasta la fecha se realizaron 1987 detenidos aproximadamente, que infringieron la orden de inactividad y restricción de circulación diurna y del toque de queda decretados.

Si bien el objetivo de las restricciones son cuidar la salud y vida de las personas en general, estos más de 1900 malos ciudadanos no entendieron el mensaje y pretendieron burlar las normas establecidas en el estado de emergencia.

Los infractores fueron denunciados por el presunto delito contra la administración pública en la modalidad de desobediencia a la autoridad de la norma para frenar la propagación del coronavirus.

Incluso hubo una sentencia condenatoria contra el conductor de un vehículo. La Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chivay consiguió que Antonio Sanca Suni (36) sea condenado  a dos años cinco meses suspendida por agredir verbalmente a un soldado que lo intervino en el distrito de Sibayo, debido que se negó a identificarse y mostrar su permiso para circular estando en emergencia.

Ahora los que incumplan el aislamiento social obligatorio sin la debida justificación o desacaten la prohibición de circular entre las 18:00 y las 04:00 horas, recibirán multas que oscilarán entre los S/86 y los S/430 dependiendo de la gravedad de la falta cometida.

El decreto legislativo, aprobado por el Poder Ejecutivo para sancionar el incumplimiento de las medidas dispuestas para frenar el avance del COVID-19, precisa que los montos de las multas a aplicarse serán desde 2% de la UIT hasta el 10% de la UIT.

Serán sancionados los que circulen por la vía pública para desarrollar actividades económicas no consideradas esenciales, así como no contar con el respectivo pase personal laboral o movilizarse sin mascarilla.

También se sancionará por circular en un vehículo de uso particular sin autorización o desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales y religiosas de aglomeración de personas. Está prohibido movilizarse en parejas, sin mascarilla y el no guardar la distancia necesaria para impedir el contagio del virus.

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