Arequipa: Piden a alcalde de Yanahuara nulidad de licitación de vehículos
12 de noviembre de 2017

Por presentarse diversas irregularidades en la licitación pública para la adjudicación de camionetas y motocicletas para el mejoramiento integral de seguridad ciudadana solicitaron al alcalde del distrito de Yanahuara, Elvis Delgado Bacigalupi, la nulidad de dicho proceso.
Al respecto el último viernes el Consorcio Aqua, firmado por su representante Eduardo Pereyra, presentó un oficio solicitando la correspondiente nulidad de oficio del proceso de la selección de conformidad en el artículo 44° de la Ley de Contrataciones del Estado.
En su numeral 44.2 indica que “El titular de la entidad declara de oficio la nulidad de los actos del procedimiento de selección, por las mismas casuales previstas en el párrafo anterior, solo hasta antes del perfeccionamiento del contrato”, en este sentido el alcalde Elvis Delgado, antes que se perfeccione el contrato con el postor adjudicado Automotriz San Blas SA, debería avaluar las denuncias de irregularidades del proceso.
El oficio presentado a la municipalidad de Yanahuara, señala: “Sobre una indebida evaluación de la oferta del postor Automotriz San Blas SA respecto del factor de avaluación disponibilidad de servicios y repuestos toda vez que en el contenido de la declaración jurada, el postor ha presentado información inexacta que determina la automática descalificación de su oferta”.
Al respecto, Automotriz San Blas SA no acredita a un concesionario integral, es decir, si el postor no señala en su Declaración Jurada no se estaría cumpliendo con lo requerido, inclusive presento una serie de direcciones que no tienen relevancia. Además el concesionario integral es Peruana de Motores HG SAC Perumotor HG que suministra repuestos y servicios pos venta por un periodo de 2 años no tiene ningún vínculo comercial o acuerdo con Automotriz San Blas SA.
El oficio presentado por Consorcio Aqua a la municipalidad de Yanahuara señala textualmente. “En ese sentido, corresponde en su calidad de titular de la Entidad municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 44° de la Ley de Contrataciones del Estado, se declare de la Nulidad de Oficio del procedimiento, retrotraiga el mismo a la etapa de evaluación de la oferta y descalifique al postor Automotriz San Blas SA por la presentación de documentación inexacta, debiéndosele revocar la Buena Pro indebidamente otorgada”.
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