Arequipa

Derechos al matricular a tu hijo en colegio particular

24 de enero de 2021

Indecopi elaboró una guía para hacer de conocimiento a los padres de familia los principales derechos que poseen al contratar servicios en instituciones privadas.

A inicios del año pasado, 1868 colegios privados estaban registrados en nuestra región. El secretario regional del SUTEP en Arequipa, Adolfo Quispe, informó que en el 2020 cerca de 35 instituciones particulares cerraron debido a la pandemia de la COVID-19.

A pocos meses de iniciar el año escolar 2021, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) brinda una serie de recomendaciones a los padres de familia al momento de matricular a sus hijos en un colegio particular.

Pagos escolares

Los padres de familia solo están obligados a pagar tres conceptos durante el año escolar: la cuota de ingreso, la matrícula y la pensión mensual.

La cuota de ingreso se cobra por única vez cuando el alumno obtiene una vacante en la institución educativa. La matrícula se paga al iniciar el año escolar y el monto no debe ser mayor al de una pensión. La pensión mensual es el pago que se hace cada mes del año escolar y no puede cobrarse de forma adelantada.

Además, las instituciones educativas están obligadas a informar por escrito la información histórica de las pensiones, matrícula y de la cuota de ingreso establecidas en los últimos 5 años.

Esto debe realizarse 30 días calendario antes del inicio del proceso de matrícula.

En el caso de los colegios que cuentan con menos de 5 años de funcionamiento, deben presentar la información correspondiente a la cantidad de años que vienen prestando sus servicios.

Asimismo, desde el 2020, los colegios no pueden exigir el pago de cuotas extraordinarias, ya que el Ministerio de Educación no lo autoriza.

Entre ellos están bingos, rifas, colectas, al igual que pagos para adaptabilidad a alumnos con necesidades educativas especiales o asociadas a discapacidad.

Útiles y uniformes

Los padres de familia tienen la libertad de comprar útiles, uniformes escolares o libros (incluso obtenerlos de segunda mano) en el establecimiento comercial de su preferencia.

El colegio no puede obligarlos a adquirir los materiales de determinado proveedor.

La entrega de los útiles escolares debe ser de forma progresiva y estos deben contribuir con el desarrollo educativo del estudiante.

Prácticas intimidatorias y cómo denunciar

Los colegios privados están prohibidos de ejercer prácticas intimidatorias que perjudiquen el desarrollo educativo del alumno como forma de exigir el pago de la pensión.

Por ejemplo, en el caso de las clases virtuales, no pueden restringir el acceso a la plataforma educativa establecida por la institución, tampoco pueden impedir que los estudiantes rindan exámenes.

De evidenciar un abuso por parte de los colegios, los padres de familia pueden denunciar a través del correo [email protected] 

Aquí podrán reportar de forma anónima el cobro o acción indebida y adjuntar fotos, documentos o cualquier evidencia relevante.

Del mismo modo, para realizar un reclamo o consulta pueden comunicarse al teléfono 0800-4-4040 o escribir al correo [email protected].

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