Perú

Ejecutivo presenta cambios para ley contra nepotismo 

7 de mayo de 2025
COMISIÓN DE TRABAJO EVALUARÁ LA PROPUESTA PARA SU DEBATE

Señalan que el proyecto busca salvaguardar el derecho al trabajo.

El Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que busca precisar los casos de nepotismo en el sector público. La iniciativa plantea modificar el artículo 1 de la Ley N.º 26771, norma que prohíbe el nombramiento o contratación de personal en el sector público en casos de parentesco. 

La propuesta no elimina dicha prohibición, sino que incorpora excepciones que aclaran cuándo no se configura un acto de nepotismo, con el objetivo de evitar interpretaciones ambiguas y salvaguardar el derecho de acceso a la función pública.

Según el documento firmado por la presidenta Dina Boluarte y aprobado por el Consejo de Ministros, la iniciativa plantea que no se considerará nepotismo cuando un funcionario es designado en una entidad donde ya labora, desde antes, un familiar suyo, siempre que este no tenga facultad de contratación ni injerencia directa o indirecta en su designación.

CONDICIONES

Además, se precisa que el familiar podrá continuar en la misma institución mientras su relación contractual se mantenga bajo los principios de mérito, transparencia y capacidad, sin desnaturalizar el vínculo ni utilizarse como vía para vulnerar otras normas. 

“El pariente permanece en la misma entidad o empresa del Estado durante su periodo de contratación y/o renovación (…) sin utilizarla como mecanismo para transgredir prohibiciones legales”, indica el proyecto.

También se incluye un segundo supuesto: si el pariente tiene un contrato de locación de servicios vigente antes de la designación del funcionario, éste puede continuar y ser renovado siempre que se cumpla con las normas de contratación del Estado.

SUPERVISIÓN

Para garantizar su aplicación objetiva, la norma incorpora mecanismos de supervisión a cargo del Ejecutivo, los cuales deberán adecuarse en un plazo de 60 días al reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 021-2000-PCM. En caso de relación jerárquica directa, se establece que el pariente debe ser reubicado.

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