Perú

El caso de Ana y la filosofía de Kant sobre la dignidad humana

17 de junio de 2024
EL TEMA SIGUE SIENDO MUY CONTROVERTIDO

Por: Yuriko Lissette Paucar, egresada de Ciencia Política y Gobierno de la UCSM.

El caso de Ana Estrada, una peruana que sufría de polimiositis, una enfermedad degenerativa irreversible, generó un debate sobre la eutanasia que cobra una dimensión particularmente compleja cuando se pretende hacer un análisis bajo la perspectiva Kantiana. Kant escribió tres obras principales sobre ética: Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres (1785), Crítica de la Razón Práctica (1788) y Metafísica de las Costumbres (1797).

Kant propone una filosofía moral totalmente nueva, diferente a la propuesta por Wolf (1740), basándose en el término de la dignidad humana como inherente a todo ser humano por el simple hecho de ser racional y autónomo, intrínseco a la naturaleza humana y respetada incondicionalmente (Kant, 1785).

LA METAFÍSICA DE LAS COSTUMBRES

Entiéndase por la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como la Asociación Médica Mundial (AMM), la definición de eutanasia como: “el acto deliberado de poner fin a la vida, a petición propia o de algún familiar” (Sierra, 2007). Por su parte, la Real Academia de la Lengua Española (2001) define la eutanasia como “acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes desahuciados, acelera su muerte, con su consentimiento o sin él”.

En el marco legal peruano, la eutanasia es un tema controvertido y no está regulada dentro de la Constitución y/o código; sin embargo, el fin supremo, democrático e irreversible que expresa la constitución se basa en “la dignidad humana”, siendo así, la regulación jurídica del Perú guiada por el pensamiento Kantiano. Un hecho contradictorio en el caso de Ana Estrada es el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que establece: “toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”. Ya que, siendo los derechos todos iguales y sin ningún valor primordial, ¿Como un Tribunal podría sacar esas diferenciaciones?

Desde la perspectiva kantiana, la eutanasia presenta un conflicto entre el deber de respetar la vida como un fin en sí mismo y el deber de aliviar el sufrimiento humano. Kant sostendría que: la eutanasia es aceptable si la persona gozada de derechos, que como fin último busca voluntariamente la aplicación de la eutanasia para acabar con su sufrimiento, basándose en el Imperativo Categórico y la Fórmula de la Ley de la Naturaleza que establece como fin último la voluntad humana.

En este contexto, la obra de Kant, «La metafísica de las costumbres», ofrece una perspectiva filosófica profunda sobre la moralidad y la ética, que puede enriquecer el debate sobre la eutanasia y otros dilemas éticos contemporáneos. Kant enfatiza la importancia de actuar de acuerdo con principios universales y racionales, respetando la dignidad y la autonomía de cada individuo. Aplicado al caso de eutanasia de Ana Estrada, el enfoque kantiano invita a reflexionar sobre cómo conciliar el respeto a la vida con el respeto a la autonomía y la dignidad de las personas que sufren.

Este caso nos lleva también a analizar el concepto de «muerte digna» en base a que para Kant la dignidad es “Aquello que precio puede ser sustituido por algo equivalente, en cambio lo que está por encima de todo precio, por tanto, no admite nada equivalente, eso tiene una dignidad”, es decir concibe a la dignidad como un valor inherente, la cual no admite equivalentes.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Es así que, en febrero de 2021, el Tribunal Constitucional peruano emitió una sentencia histórica a favor de Ana Estrada Ugarte, el cual fue confirmado por la Corte Suprema en julio de 2022. Con base en esta sentencia, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) y al Seguro Social de Salud (EsSalud) el permiso que Ana Estrada Ugarte ponga fin a su vida mediante la eutanasia.

El caso de Ana Estrada ha puesto de manifiesto la necesidad de abordar de manera integral y respetuosa las demandas de las personas que enfrentan situaciones de sufrimiento extremo y terminal.

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