Perú

Enfermeras podrán abrir consultorios privados tras modificarse norma

19 de enero de 2026

Nuevo reglamento reconoce y regula ejercicio profesional independiente en el Perú.

El Ejecutivo modificó el reglamento de la Ley N.º 27669 y reconoció oficialmente el derecho de las enfermeras a ejercer actividades privadas mediante la apertura de consultorios propios, denominados “consultorios de profesionales de enfermería”.

La medida fue establecida a través del Decreto Supremo N.º 001-2026-SA y busca fortalecer el ejercicio profesional, así como ampliar la oferta de servicios de salud en el país.

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De acuerdo con la norma, estos consultorios son considerados establecimientos de salud y deberán cumplir con la normativa vigente, incluyendo el Decreto Legislativo N.º 1158.

En ellos, las enfermeras podrán realizar atención ambulatoria, ejecutar acciones de enfermería vinculadas a diagnósticos y tratamientos indicados por profesionales facultados, y registrar todas sus intervenciones conforme a los protocolos del sistema de salud. Además, deberán contar con infraestructura, equipamiento e insumos que garanticen prestaciones seguras y de calidad.

El reglamento también exige que el título profesional, la colegiatura y, de corresponder, la especialidad, se exhiban en un lugar visible para los usuarios.

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Tras la publicación de la norma, el Colegio de Enfermeros del Perú destacó que esta decisión marca un hito para la profesión, al reconocer su rol estratégico en la promoción, prevención y atención integral de la salud, y facilitar el acceso oportuno a servicios de cuidado para la población.

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