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Gobierno aplaza suspensión de vuelos desde Europa

6 de enero de 2021
Foto: Gobierno prorroga vuelos comerciales entre Europa y Perú.

El Ejecutivo prorrogó por 15 días la suspensión de vuelos comerciales que conectan al Perú con Europa.


El Gobierno Peruano mediante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aplazó por 15 días la suspensión de vuelos comerciales entre Perú y Europa que tienen más de ocho horas de duración.

Dicha medida tiene por finalidad disminuir los riesgos de contagio por el posible ingreso al territorio peruano de la nueva cepa de COVID-19 detectada en Reino Unido.

Esta disposición se publicó en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, mediante la Resolución Ministerial n° 001-2021-MTC/0 donde se rige la ampliación de la suspensión de vuelos comerciales desde Europa, que inicialmente fue dispuesta el 21 de diciembre del 2020 por el presidente Francisco Sagasti.

El 14 de diciembre de 2020, las autoridades del Reino Unido informaron a la OMS de que se había identificado una nueva cepa variante del SARS-CoV-2 mediante secuenciación genómica viral.

Los análisis indican que la variante puede propagarse más fácilmente entre las personas.

Asimismo, se están llevando a cabo investigaciones para determinar si esta variante está asociada con algún cambio en la gravedad de los síntomas, la respuesta de los anticuerpos o la eficacia de la vacuna.

La decisión tiene el objetivo de reducir los riesgos de contagio que podrían producirse por el ingreso de personas infectadas con la nueva variante de SARS-CoV-2 en el continente europeo.

La norma lleva la firma del ministro de Transportes y Comunicaciones, Eduardo González Chávez. Además, esta medida también contribuirá al cuidado de la salud y protección de la vida de los peruanos.

Se recomienda a los pasajeros peruanos o extranjeros que tenían vuelos programados al Perú contacten con su aerolínea o agencia de viajes para poder gestionar la reprogramación de sus vuelos.

Asimismo, deben presentar el resultado negativo de la prueba molecular vigente y una declaración jurada de salud y efectuar con la cuarentena obligatoria por catorce días calendario.

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