JNE confirma revocatoria de alcalde y regidores de Ocoña
7 de julio de 2017

Mediante la Resolución Nº 0260-2017-JNE emitida ayer, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la revocatoria del alcalde del distrito de Ocoña (Camaná), José Alberto Carnero Taborga, al declarar infundada su apelación y su pedido de nulidad de resultados de la consulta popular del 11 de junio.
La audiencia fue realizada ayer por la mañana y el JNE emitió la resolución cuyo artículo único declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Arnold Alfredo Carnero Prado, personero legal titular de José Alberto Carnero Taborga, y confirma la Resolución N° 2-2017-JEE-AREQUIPA/JNE, del 23 de junio de 2017, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, que declaró improcedente el pedido de nulidad de las elecciones.
Cabe indicar que el 14 de junio de 2017, Arnold Alfredo Carnero Prado, personero legal titular de José Alberto Carnero Taborga, alcalde distrital sometido a consulta popular de revocatoria en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, solicitó la nulidad de la elección realizada el 11 de junio de 2017.

Por Resolución N° 2-2017-JEE-AREQUIPA/JNE, el JEE declaró improcedente el pedido de nulidad respecto a hechos, por resultar extemporáneo, e infundado, por no encontrarse acreditado el fraude, cohecho, soborno, violencia o intimidación, así como tampoco que se hubiesen modificado los resultados de la votación.
Cabe indicar que los resultados de la revocatoria en Ocoña, emitidos por la ONPE, señalan que el alcalde Carnero Taborga fue revocado con mil 283 votos, mientras que 999 votaron por su permanencia.
Además, fueron revocados los regidores Iván William Pari Mamani con 1215 votos, Juan Alberto Palacios Vásquez con 1280, y Anthony Joshep García Dávila con 1204, teniendo suerte favorable los concejales Marilú Janeth Gonzales Porras y Vitaliano Gonzales Llamoca.
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