Juez ordena destituir a gobernador Cáceres Llica

El juez especializado Civil de Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar, Luis Eduardo Madariaga Condori, dispuso la destitución del gobernador regional de Arequipa, Elmer Cáceres Llica.
El magistrado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró fundada la demanda de Acción de Amparo, interpuesta por el ciudadano Pool Alarcón Barrionuevo en contra de autoridades regionales y nacionales por no haber implementado debidamente el Protocolo de prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas con la COVID-19.
Al haberse vulnerado el derecho a la salud de la población dispuso la destitución del Gobernador Regional de Arequipa, Elmer Cáceres Llica; conforme al Art. 22 del Código Procesal Constitucional.
La sentencia, sostiene que el gobernador, tiene responsabilidad plena para implementar, capacitar, conducir, supervisar y monitorear las disposiciones del protocolo, aprobado mediante resolución Ministerial n.° 193-2020-MINSA. Asimismo, le corresponde lograr la efectividad del sistema de salud en toda la región.
La decisión del juez de la causa, se sustenta en que se comprobó el incumplimiento de la medida cautelar dispuesta por este órgano judicial mediante resolución n.° 053 del 29 de mayo del 2020, la misma que fue confirmada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte de Arequipa, el 9 de julio pasado y se advierte, con medios probatorios, que la cantidad de pruebas para detectar la COVID-19, fueron insuficientes.
Así como el fallecimiento de varios médicos que laboraron en diferentes hospitales regionales, quienes, junto a personal asistencial de salud, formularon reiterados reclamos sobre la falta de implementación y distribución de equipos de protección contra esta enfermedad; con los cual se evidencia el incumplimiento de acciones relacionadas directamente con los protocolos previstos por el Ministerio de Salud en la resolución n°. 193-2020-MINSA.
Se exhorta a los codemandados como son la Ministra de Salud, Pilar Mazzetti, al Comando de Operaciones contra el COVID-19, representando por el médico Percy Miranda Paz para que cumplan sus funciones en estricto y por tanto no se vuelvan a suceder hechos como los acontecidos, debiendo verificar las condiciones de los hospitales y cumplimiento de los protocolos correspondientes aprobados en esta emergencia sanitaria.
La sentencia establece que una vez quede consentida y ejecutada esta decisión, sea el vice gobernador regional, quien asuma funciones y se emitan copias certificadas el Jurado Nacional de Elecciones para los fines pertinentes.
De otro lado, el juez Luis Madariaga Condori, impuso una multa de 2 Unidades de Referencia Procesal al demandante, Pool Kevin Alarcón Barrionuevo, por su reiterada inconducta procesal al no adecuarse a los deberes de lealtad, veracidad y buena fe.
DATO
Cabe precisar que esta decisión judicial, puede ser apelada en el plazo máximo de 3 días.
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