Perú

Limitan competencias de Ositrán sobre megapuerto de Chancay

6 de febrero de 2026
PODER JUDICIAL FALLA A FAVOR DE COSCO SHIPPING

Entidad no podrá regular actividades del terminal porque no es una concesión.

El Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada la acción de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán). El fallo establece límites a la intervención del Estado en el terminal portuario, reconociendo su naturaleza de propiedad privada.

El juez Juan Núñez Matos determinó que Ositrán debe abstenerse de ejercer sus facultades de regulación, supervisión, fiscalización y sanción sobre las actividades del puerto. La única excepción será la fijación de tarifas a usuarios finales, condicionada a que Indecopi confirme previamente la ausencia de competencia en el mercado.

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El conflicto surgió cuando Ositrán pretendió aplicar al megapuerto un régimen de regulación integral, similar al de puertos públicos o concesionados. Sin embargo, la sentencia subraya que Chancay fue construido y financiado íntegramente con capital privado, sin subsidios estatales ni contratos de concesión. El magistrado argumentó que «el uso público no convierte al bien en dominio público ni lo somete automáticamente a un régimen regulatorio pleno».

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El fallo aclara que el puerto no quedará sin control del Estado. La APN mantiene la supervisión técnica, operativa y de seguridad, mientras que Indecopi conserva el rol de evaluar las condiciones de competencia en servicios portuarios. 

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