Arequipa

Los casos de violencia contra la mujer parecen aumentar

14 de diciembre de 2016
Los casos de violencia contra la mujer parecen aumentar
Autoridades y funcionarios públicos pueden ser suspendidos de sus cargos de por vida si agreden a una mujer o a un niño.
 
Por: Roy Cobarrubia V.
 
Naida Torres, a cargo del Centro de Emergencia Mujer de Arequipa (CEM) ve, observa y vive el drama de mujeres y niños que han sido golpeados, insultados, personas llevadas al más extremo modo de humillación y trauma. El Congreso de la República en el 2015 modificó la Ley N° 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, de eso hace un año, fue el 23 de noviembre.
El dispositivo legal, tal y como lo dice Torres, ha sido un importante paso que aún no se termina de dar, el objetivo de prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, especialmente cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad, aún no sucede con todas las garantías y políticas adecuadas. “Todavía hay vacíos, por ejemplo no hay protocolos para identificar el daño psíquico”, ha expresado la especialista. La norma, según indica, establece mecanismos, medidas de prevención, atención y sanción contra el agresor y determina principios que deben ser adoptados por los operadores de justicia implicados en el proceso, Policía, Ministerio Público y Poder Judicial. Pese a ello sin Naida existen los enfoques de género, integralidad, interculturalidad, derechos humanos, interseccionalidad y generacional no han sido comprendidos en su totalidad por lo entes proteccionistas. “Hay fallas, por ejemplo los operadores policiales desconocen aún la ley, nosotros estamos trabajando comisaría por comisaría. Trabajamos especialmente en el enfoque de género y que no re victimicen a las mujeres, es decir juzgarlas o señalarlas”, declara.
En la ciudad existen agentes policiales que según el CEM desconocen el espíritu de la norma y la definición que esta ley le ha otorgado a la violencia, cualquier acción o conducta que les causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico las mismas que pueden tener lugar dentro de la familia o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer; la que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y la que sea perpetrada o tolerada por los agentes del Estado, donde quiera que ocurra. Este último punto no ha sido entendido no ha sido entendidos y han creado trabas y entorpecido el proceso. “La violencia según la norma puede ocurrir en el espacio público o privado, sin embargo las comisarías no están recibiendo as que ocurren en la calle, por ejemplo la violencia en la etapa de enamoramiento no está siendo tipificado como un delito sino como una falta, nosotros estamos en toda una capacitación”, explica. Los agentes solo recibirían denuncias y actos de violencia ocurridos dentro del ámbito familiar, es decir en el hogar además de minimizar incidentes de agresión física y verbal entre parejas no convivientes o casadas. Esta omisión podría recaer en una sanción por obstruir el proceso de investigación con cinco años de prisión por no viabilizar la denuncia. “Los policías dicen por ejemplo a la mujer agredida: ¿Cómo lo vas a denunciar?, lo vas a meter preso. Con esa sola expresión detienen el proceso, esa sola acción podría recaer en una sanción que incluye el retiro de sus funciones. Mucha gente desconoce esta norma y no sabe que tiene una serie de aristas sancionadoras”, explica torres. Entre las sanciones más duras se encuentran as dirigidas al servidor público. Si el agresor trabaja en una municipalidad, ministerio o institución del estado y llega a una comisaría por agredir o dañar a una mujer o niño puede ser vetado de por vida para trabajar para el Estado de comprobarse su acto. Inclusive se encuentra implícita la violencia obstétrica, en el caso de que los médicos, enfermeras u obstetras maltraten a la mujer con gritos o actos despectivos a la mujer gestante estos trabajadores públicos pueden ser sancionados hasta con la suspensión de sus labores.
“Cualquier hecho de violencia institucional es sancionable, por ejemplo los policías que poseen un rango alto no pueden faltar ni física, ni psicológicamente a sus subalternos”, indicó.
La norma reconoce el derecho de las víctimas a la atención de la salud física y mental de manera gratuita en cualquier establecimiento de salud del Estado. En el ámbito laboral y en el ámbito educativo; en cuanto a los derechos laborales se reconoce el derecho a no sufrir despido por hechos de violencia, al cambio de lugar de trabajo en tanto sea posible, a la justificación de inasistencias y tardanzas debido a situaciones de violencia.
El CEM Arequipa hasta el momento ha contabilizado más de dos mil 700 atenciones por diferentes casos. “La nueva ley permite que todos los casos se visibilicen y lo especial es que todos los casos lleguen al Poder Judicial y se desarrolle el proceso en 72 horas”, explica.
 
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