Más arequipeños inmovilizan predios ante fraudes o tráfico de propiedades

Para evitar ser víctimas de fraudes o tráfico de propiedades un mayor número de arequipeños viene reforzando la seguridad de sus predios ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) en el presente calendario.
El trámite se denomina «Inmovilización temporal de predios» y reporta un crecimiento del 3% al pasar de 529 en el primer trimestre del 2017 a un total de 545 en el primer trimestre del 2018.
Las provincias que actualmente lideran la inscripción de solicitudes de inmovilización son Lambayeque, Arequipa, y La Libertad. Los trámites se iniciaron en 17 departamentos del país aunque pueden hacerse en todo el territorio nacional.
En el primer trimestre de este año, Lima lideró estas anotaciones con 300 inscripciones, seguida de Lambayeque con 90, Arequipa con 47, La Libertad 47, Ancash 11, Ica 11, Junín 10, Huánuco 6, Tumbes con 5, Ucayali 5, Ayacucho 3, Piura 3, Cusco 2, Puno con 2; y Cajamarca, Loreto y Tacna solo con una, respectivamente.
TRÁMITE
Desde la Sunarp se comentó que al ser más frecuentes las denuncias de tráfico de propiedades, por personas o grupos delincuenciales que, valiéndose de documentación falsa se apropian de terrenos ajenos, ha incrementado el servicio de Inmovilización Temporal de Partidas en el Registro de Predios. Con ello el propietario de un inmueble coloca «un candado» de manera voluntaria y temporal a la partida donde está inscrita su propiedad, inmovilizándola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravámenes en ésta.
Para solicitar la inmovilización temporal, el titular del predio deberá acercarse primero a una notaría para realizar la escritura pública de inmovilización y con ella ya acercarse a cualquier oficina de la Sunarp y hacer efectiva la solicitud. En el supuesto que el titular del inmueble sea una sociedad conyugal, deberán intervenir ambos.
La Sunarp recomienda inmovilizar un inmueble, cuando por motivos de trabajo, estudios u otros, el propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado. También cuando se tiene dos o más propiedades y solo se va a ocupar una de estas.
REQUISITOS
El propietario debe adquirir de forma gratuita el formulario de solicitud de inscripción. Además debe contar con Escritura Pública en la que el propietario manifieste su voluntad de inmovilizar su predio.
Otro requisito fundamental es la Declaración Jurada del propietario o propietarios, en el que declare bajo juramento que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización temporal, no ha sido transferido o se encuentre afectado de carga y/o gravamen en la fecha anterior de la declaración jurada. El trámite registral tiene un costo de 41 soles.
La inmovilización temporal tendrá una vigencia máxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro de Propiedad Inmueble. También se podrá solicitar un plazo menor, lo cual deberá ser mencionado en forma expresa en la escritura pública.
La inmovilización caducará de pleno derecho en el plazo establecido. En caso se desee levantar la inmovilización antes del plazo estipulado, será necesaria una escritura pública de levantamiento de inmovilización y efectuar el trámite en la Sunarp.
DATO
En el 2017 se efectuaron 2 mil 188 Inmovilizaciones Temporales a nivel nacional.
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