Arequipa

MTPE: 7ma lista de beneficiarios promueve la reactivación de 112 000 empleos

16 de agosto de 2021

Con un presupuesto de más de 39 millones de soles se beneficia a casi 25 000 empresas.

Beneficio se otorga en el marco del Decreto de Urgencia N° 127-2020, para apoyar a compañías que apostaron por recuperar el empleo formal en el sector privado durante la pandemia por la COVID-19.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo subsidia a un total de 112 943 puestos de trabajo, que se encuentran en la séptima lista de beneficiarios del subsidio Recuperemos el Empleo Formal, correspondiente al mes de mayo del presente año, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 142-2021-TR, publicado el 12 de agosto y firmado por el titular del MTPE Iber Maraví Olarte.

Esta séptima lista otorga dicho subsidio a 24 889 empresas.

De ellas:
– 16 783 tienen de 1 hasta 10 trabajadores.
– 7043 entre 11 y 100 trabajadores.
– 850 entre 101 y 500 trabajadores.
– 130 entre 501 a mil trabajadores.
– 83, más de mil trabajadores.

El presupuesto designado asciende a S/ 39 852 031.

Por rubros económicos:
– 6724 empresas se dedican al comercio, y concentran 15 995 empleos.
– 4000, a servicios prestados a empresas (20 984 empleos).
– 3007 a manufactura (14 805 empleos).
– 2813 a transportes y comunicaciones (10 352 empleos).
– 2010 a hoteles y restaurantes (8149 empleos).
– 1393 a construcción (14 633 empleos), entre otras.

De las empresas beneficiadas:
– 14 097 pertenecen a Lima Metropolitana y concentran 75 102 empleos.
– 1685 a Arequipa (5364 empleos).
– 1300 a La Libertad (4945 empleos).
– 804 al Callao (3936 empleos).
– 738 a Piura (3451 empleos).
– 630 a Lambayeque (1816 empleos).
– 545 a Ica (2343 empleos).
– 507 a San Martín (1220 empleos).
– 460 a Junín (1782 empleos), además de otras.

Este beneficio se otorga en el marco del Decreto de Urgencia N° 127-2020, con el propósito de apoyar a las compañías que apostaron por recuperar y preservar el empleo formal en el sector privado en medio de la pandemia por la COVID-19.

Los empleadores incluidos en este listado deben gestionar el desembolso del subsidio siempre que, previamente, acrediten en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado – VIVA del Seguro Social de Salud – EsSalud, el cumplimiento de las condiciones indispensables establecidas en el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 127-2020, que impulsa medidas específicas para recuperar y preservar el empleo formal en el sector privado.

DATO

Las condiciones para obtener el subsidio son: No ser inversionistas en contratos de Asociación Pública Privada y no tener en trámite ante la Autoridad Administrativa de Trabajo una terminación colectiva de contratos. El desembolso se hará a los 7 días hábiles de realizada la solicitud.

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