Arequipa

Multas por infracciones durante la emergencia

16 de enero de 2021
Operativos a partir de las 9:00 p. m. / Foto: Diego Ramos

El Gobierno estableció algunas medidas para enfrentar el avance de la segunda ola de contagios. Por lo que han vuelto algunas restricciones que en caso de incumplimiento serán motivo de multas que pueden llegar hasta los 440 soles.

El avance de los contagios de coronavirus ha dispuesto varias reuniones en las autoridades para tomar las medidas necesarias y evitar las trágicas situaciones que se vivieron el año pasado.

Arequipa fue calificada como zona de “Nivel Alto” por lo que se dispuso una inmovilización social obligatoria desde las 9 de la noche hasta las 4 de mañana.

También se establecieron algunos aforos máximos acorde al lugar y tipo de actividad a realizar. Por lo que también se estarán controlando a los establecimientos para verificar el cumplimiento de los aforos.

En cuanto al tránsito peatonal y vehicular solo se dispuso una restricción vehicular los días domingos.

Estas medidas están vigentes entre el 15 y 30 enero. Posteriormente el ejecutivo y las autoridades pertinentes evaluarán si es necesario dictar mayores restricciones o al contrario flexibilizar las disposiciones adoptadas.

Ante el incumplimiento de las medidas, la Policía Nacional del Perú está autorizada para aplicar sanciones económicas a los infractores.

Según el Decreto Legislativo n.° 1458 las multas pueden ir desde los 88 hasta los 440 soles. Esto equivale a tener sanciones desde el 2 % hasta un 10 % de una UIT.

Transitar por la vía pública sin usar la mascarilla amerita una multa de 352 soles. En el caso de no respetar el distanciamiento social de 1 metro puede recibir una sanción por 88 soles.

Si es encontrado en una actividad social, recreativa, cultural, religiosa que conlleve aglomeración puede ser sancionado con 396 soles.

En el caso que usted transite fuera del horario permitido, la Policía lo puede multar con 440 soles. Además, si en una intervención no muestra el documento de identidad y se niega a la identificación se hace acreedor de una penalización por 440 soles.

Si usted va a transitar en horarios fuera de lo permitido ya sea a pie o en vehículo, deberá portar su pase respectivo de acuerdo a la actividad esencial que vaya a realizar.

Las multas deben ser canceladas al Banco de la Nación. Mientras no lo haga estará imposibilitado de hacer contratos civiles o actas notariales. Tampoco podrá realizar trámites bancarios o en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y le quedarán prohibidos los viajes al exterior.

En la situación en que usted crea injusta la sanción impuesta puede apelar la medida redactando un recurso de apelación y dejando este documento a la región policial correspondiente. En un plazo de 3 días debería recibir una respuesta.

Las autoridades locales también han dispuesto algunas medidas. Para el sector de transporte público se ha dispuesto una multa del 7 % de la Unidad Impositiva Tributaria para aquel transportista que no cuente con protocolos de bioseguridad en su unidad móvil.

También se estará controlando que la población que haga uso de transporte público porte su protector facial. La municipalidad ya advirtió que si bajaran de la unidad a los pasajeros que no tenga la protección facial.

DATO:

Si al momento de recibir la multa usted se compromete a saldar la infracción dentro de los siguientes dos días hábiles, la sanción se reducirá en un 25 % (Decreto Supremo 006-2020-IN)

 

Ronald Mito, creador de cómics en quechua

Compartir


Leer comentarios