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ONPE empezó a expedir kits electorales para revocatoria

1 de octubre de 2020
ONPE expide kits para revocatoria.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició de manera virtual, la expedición de kits electorales para la recolección de firmas de adherentes para la consulta popular de revocatoria de autoridades establecidas en la Ley de Participación y Control Ciudadanos (Ley N.° 26300).

El kit electoral es el conjunto de documentos que adquiere el promotor ante el organismo electoral, a fin de reunir las firmas de los ciudadanos que respaldarán el ejercicio del derecho a destituir de sus cargos a las autoridades establecidas en la referida norma.

Las solicitudes serán ingresadas únicamente a través de la mesa de partes virtual externa de la ONPE publicada en su página web institucional, donde se verificará el cumplimiento de los requisitos. 

Los ciudadanos que deseen realizar el trámite deberán descargar y completar el formulario P5, solicitando la expedición de formatos para la recolección de firmas de adherente y el documento único para la adquisición de los formatos para la recolección de firmas de adherentes. Este último, inicialmente, no deberá ser fechado ni firmado.

Luego, se deberá escanear en PDF y comprimir en formato ZIP los siguientes documentos: la solicitud de expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes, el documento único para la adquisición de los formatos para la recolección de firmas de adherentes.

Asimismo, el motivo o causal que sustenta la revocatoria, los nombres y apellidos de las autoridades que se pretenden revocar, verificados en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones.

Además, se deberá adjuntar el comprobante de pago por el derecho de trámite de (59 soles), mediante pago online con pagalo.pe con tarjeta de crédito o débito, billetera móvil BIM, efectivo en agentes Multired o en el Banco de la Nación indicando la tasa 3830 Kit-Ley N.° 26300.

En caso el trámite sea realizado por una tercera persona, designada por el promotor, se deberá presentar una carta poder simple.

Finalmente, desde la presentación de los formularios, la ONPE tendrá nueve días hábiles de plazo para revisar la documentación.

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