Arequipa

Órganos de emergencia del PJ atenderán durante vacaciones de jueces

31 de enero de 2018
Órganos de emergencia del PJ atenderán durante vacaciones de jueces

El 30% de jueces prestarán servicios durante temporada de vacaciones del Poder Judicial.

Según lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) los jueces y personal auxiliar de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) harán efectivas su vacaciones entre el 1 de febrero al 2 de marzo, ante esta coyuntura no se dejará de atender a los litigantes disponiéndose el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia.
El presidente de la CSJA, Eloy Zamalloa Campero, informó que un aproximado del 70% de los magistrados saldrá de descanso. El restante continuará laborando reprogramándose sus vacaciones entre abril y noviembre de 2018. Son 145 jueces quienes prestan servicio en Arequipa.
El magistrado manifestó que no se descuidará ningún juzgado, para que las acciones de mayor urgencia tengan una atención inmediata. Confirmó que los cuatro juzgados de familia continuarán atendiendo, al igual que el área penal y constitucional.
Los órganos de emergencia atenderán exclusivamente en el área penal: los habeas corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, tramite de proceso de reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones. 
En lo civil: acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso. En Familia: consignación de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono e infractores, régimen provisional de visitas, visita de equipo multidisciplinario, anotación de demanda, entrega de menores.
En lo laboral: consignaciones laborales. Y todas las solicitudes que los jueces consideren urgentes en materia contencioso, administrativa, constitucional y previsional, u otras peticiones que estimen correspondientes.  
Los órganos jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional.
Las audiencias, informes orales, y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones se reprogramarán de oficio, preferentemente para el mes de marzo del año en curso.
 
DATO
Las salas superiores y mixtas, que se encuentren con audiencias en giro y que no pueden ser concluidas antes de ingresar al periodo vacacional deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de  los mismos.
 
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