Otorgan un día de descanso por onomástico
Dependiendo del régimen laboral al que pertenece el personal.
El acceso a la licencia por onomástico del personal contratado bajo el Nuevo Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (RECAS), sólo comprende a los servidores civiles sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, precisó la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).
A los servidores civiles públicos contemplados en el mencionado régimen laboral se les otorga un día de descanso por onomástico, como parte del programa de incentivos laborales, y cada entidad puede establecer a través de sus normas internas una oportunidad distinta para efectivizar dicho descanso.
Esto de acuerdo con el literal g) del artículo 147 del reglamento de la carrera administrativa, aprobado por D.S. N° 005-90-PCM y el numeral 2.2.14 del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP.
Fue al resolver una consulta elaborada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), mediante el Informe Técnico Nº 0060-2022-SERVIR-GPGSC.
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