Perú

PJ rechaza pedido de Dina Boluarte para suspender su vacancia

22 de junio de 2026

Sala Constitucional declaró improcedente medida cautelar.

El Poder Judicial declaró improcedente la solicitud de medida cautelar presentada por la expresidenta Dina Boluarte, quien buscaba suspender los efectos de la resolución del Congreso que dispuso su vacancia por incapacidad moral permanente en octubre de 2025.

La decisión fue adoptada por la Primera Sala Constitucional de Lima, que desestimó el pedido formulado mientras se resuelve la demanda de amparo interpuesta por la exmandataria para anular la decisión del Legislativo.

La defensa legal de Boluarte argumentó que el procedimiento de vacancia vulneró diversos derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, el derecho de defensa, la igualdad ante la ley y la protección del honor y la buena reputación. Según sostuvo, la entonces presidenta fue notificada con menos de una hora de anticipación para ejercer su defensa ante el Congreso, lo que habría limitado la preparación de sus descargos.

Sin embargo, la sala concluyó que los cuestionamientos planteados requieren un análisis de fondo que excede el ámbito de una medida cautelar. Entre estos aspectos figuran la validez del procedimiento parlamentario, la interpretación de la causal de incapacidad moral permanente y el alcance de las garantías constitucionales en este tipo de procesos.

La sala también advirtió que conceder la medida cautelar habría significado alterar los efectos de una decisión adoptada por el Congreso en ejercicio de una facultad reconocida por la Constitución. 

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