Perú

Plantean 6 años de cárcel por actos discriminatorios en redes

9 de mayo de 2026

Proyecto de ley busca sancionar actos en plataformas digitales. Iniciativa fortalece las funciones del Ministerio de Cultura.

La congresista Ruth Luque Ibarra presentó un proyecto de ley que propone sancionar con hasta seis años de prisión los actos de discriminación cometidos mediante redes sociales, plataformas digitales y transmisiones en vivo. 

La iniciativa plantea modificar el Código Penal para castigar contenidos discriminatorios difundidos a través de tecnologías de la información y comunicación (TIC), además de ordenar el retiro de dichas publicaciones.

Según el proyecto de ley n.º 14557/2025-CR, el objetivo es fortalecer la prevención, investigación y sanción de contenidos discriminatorios difundidos en entornos digitales. Según el planteamiento, se busca proteger los derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y la dignidad de las personas.

MAYORES PENAS

El proyecto propone modificar el artículo 323 del Código Penal para sancionar con penas de entre dos y tres años de prisión —o prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas— a quienes realicen actos de distinción, exclusión o restricción que afecten derechos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

Las sanciones alcanzarían a conductas motivadas por razones raciales, religiosas, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, condición económica, discapacidad, salud u otros factores discriminatorios.

La iniciativa establece penas más severas cuando el acto discriminatorio sea cometido por un funcionario público o involucre violencia física o mental. En esos casos, la condena podría elevarse de tres a cinco años de prisión, además de la inhabilitación correspondiente.

Del mismo modo, la pena de cárcel será no menor de cinco ni mayor de seis años cuando el agente comete discriminación utilizando servicios digitales, plataformas de transmisión en vivo, redes sociales o cualquier medio de difusión a través de la TIC que permita su acceso a un público indeterminado o masivo.

Asimismo, se plantea que el órgano jurisdiccional ordene el retiro de los contenidos discriminatorios cuando estos hayan sido difundidos en plataformas digitales, como parte de la sentencia judicial correspondiente.

ROL DEL ESTADO

El proyecto también asigna nuevas funciones al Ministerio de Cultura como ente rector en materia de discriminación étnico-racial. Entre ellas figura la identificación, monitoreo y reporte de contenidos discriminatorios difundidos en portales de internet y redes sociales.

Además, el ministerio podría solicitar la remoción o restricción de acceso a publicaciones discriminatorias y poner en conocimiento del Ministerio Público aquellos casos que podrían configurar delitos.

La iniciativa también contempla la coordinación con proveedores de servicios digitales y plataformas virtuales para aplicar medidas orientadas a detener la difusión de mensajes discriminatorios conforme a las políticas de uso y la legislación peruana vigente.

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