Perú

Policía podrá revisar equipos de detenidos en flagrancia

20 de enero de 2026
TIENEN NUEVAS FACULTADES.

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo 1698, que modifica el Código Procesal Penal e incorpora el artículo 230-A, con el objetivo de fortalecer las investigaciones en delitos de alta gravedad. La norma faculta a la Policía Nacional a revisar la información contenida en equipos informáticos hallados en posesión de una persona detenida en flagrancia por delitos como extorsión, sicariato o secuestro, siempre que exista autorización previa del Ministerio Público.

Este procedimiento también podrá aplicarse dentro de establecimientos penitenciarios, cuando en operativos inopinados se detecten dispositivos tecnológicos en poder de internos. El decreto precisa que la autorización se otorgará únicamente cuando la revisión resulte indispensable para el esclarecimiento de los hechos investigados.

Además, concluida la diligencia, el fiscal deberá solicitar al juez competente la resolución confirmatoria correspondiente, garantizando control judicial posterior y el respeto al debido proceso penal. Cabe precisar que anteriormente, para poder revisar el contenido de los equipos informáticos, necesariamente se necesitaba contar con una resolución judicial.

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