Prisión por publicar imágenes con un contenido sexual
17 de noviembre de 2017

Una modalidad que está siendo utilizada recientemente por los delincuentes sexuales es chantajear a menores de edad con la publicación de fotografías o videos que con engaños consiguieron que sus víctimas les enviaran, o que en medio de una relación de pareja se hicieron imágenes íntimas, pero que luego el sujeto las difunde a manera de venganza.
Este hecho que llegará a su fin debido a que próximamente se estaría aprobando la pena de cárcel no menor de tres y mayor de 6 años para estos sujetos, ya que la propuesta tiene por objeto sancionar la difusión de imágenes, vídeos o audios con contenido sexual o erótico, sin consentimiento de la o las personas involucradas, afectando el derecho a la integridad y privacidad.
El artículo propuesto precisa que quien, sin consentimiento y de forma deliberada, difunde, amenaza o pone a disposición imágenes, material audiovisual o audios, con contenido sexual de un individuo con el que este hubiera mantenido o mantiene una relación íntima o de confianza, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.
La figura será aplicable aun si los datos fueron obtenidos con el consentimiento de las personas involucradas. La difusión de material íntimo de manera no consentida, también es conocida como pornografía de venganza, es una figura delictiva de reciente data debido al auge de las nuevas tecnologías. Los especialistas en violencia sexual también la califican como un tipo de violencia sicológica doméstica e incluso como una forma de abuso sexual.
Las víctimas del porno de venganza enfrentan efectos negativos en su salud como estrés traumático, ansiedad, depresión y otras enfermedades mentales con grandes efectos sociales. Esta forma de violencia debe ser drásticamente sancionada, señaló la psicóloga Ruth Gallegos.
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