Sedapar es multada con 20 mil soles por contaminar el mar
2 de enero de 2018

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) sancionó a la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. (Sedapar) con una multa de S/ 20 mil por contaminar el mar con sus vertimientos de aguas residuales en la provincia de Islay. La empresa debió construir una planta de tratamiento de estas aguas negras.
La Autoridad Administrativa del Agua (ALA) Caplina-Ocoña emitió la sanción en mayo del 2017, donde resuelve sancionar a la empresa con una multa de 5.1 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 20 mil 655. Además, ordenó que en un plazo de ocho meses, la empresa elabore y presente un plan de contingencia a fin de evitar la “afectación a la calidad de las aguas del cuerpo receptor”.
Ante la ALA Tambo – Alto Tambo, Sedapar asumió en el 2011 el compromiso de regularizar los vertimientos de las aguas residuales sin tratar de cinco puntos ubicados en los sectores mollendinos de La Florida, Chungungo, Aguadita, Terrestre y El Muelle.
No obstante, en junio del 2015, la ALA Tambo – Alto Tambo visitó las zonas corroborando que la empresa no contaba con una planta de tratamiento de aguas residuales y los vertimientos de aguas residuales iban a parar al mar contaminándola. La empresa carecía de autorización de dicha autoridad.
Debido a la sanción impuesta, Sedapar apeló la resolución ante el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la ANA, argumentando que no se respetó el debido proceso.
Los representantes de la empresa sostenían que la resolución sancionadora fue emitida cuando se encontraba en vigencia el Decreto Legislativo N° 1285, “mediante el cual se dispuso un plazo de nueve años a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento para la adecuación progresiva para la obtención de la autorización de vertimiento de aguas residuales, eximiendo de la imposición de sanciones a las empresas que se acojan a dicha adecuación, Se vulneró el principio del debido procedimiento debido a que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina – Ocoña emitió una resolución que no se encuentra debidamente motivada”.
No obstante, tras la evaluación el Tribunal resolvió el 18 de octubre del 2017, declarar infundado el reclamo, confirmando la multa impuesta a la empresa que dota del servicio de agua y alcantarillado a la región. De este modo la entidad tendrá que pagar esta sanción que es un precedente ante otros hechos de contaminación.
Leer comentarios