Arequipa

Son 600 reos de Arequipa que recibirían grilletes electrónicos

3 de mayo de 2017
Son 600 reos de Arequipa que recibirían grilletes electrónicos

El Ejecutivo puso en marcha el plan piloto de los grilletes electrónicos para los procesados, sentenciados y condenados que reciban este beneficio penitenciario.

Si bien desde este mes se aplicará en Lima, se espera que progresivamente se implemente en otros penales, como los de Arequipa.
En el establecimiento penitenciario de Socabaya hay 2 mil reos que viven hacinados considerado que el recinto solo tiene capacidad para recibir 667 prisioneros. Debido a esta sobrepoblación también es urgente que se ejecute el sistema de vigilancia electrónica personal.
El presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA), Eloy Zamalloa Campero, estimó que son alrededor de 600 reos de Arequipa potenciales de beneficiarse cuando se implemente el plan de grilletes electrónicos. Son presos que cometieron delitos  de bagatela, como omisión a la asistencia familiar y peligro común.
 

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En su opinión existen penas alternativas para los que cometen delitos menos gravosos que no sea la privación de la libertad. Un sentenciado a la cárcel por no dar pensión de alimentos podría recibir la libertad condicional, arresto domiciliario o trabajo comunitario por sus irresponsabilidades.
Por ello, destacó la medida de implementar los grilletes digitales que permitiría, además, que los reos primarios no se “contaminen” con los avezados y prisioneros con alto prontuario. Otra de las ventajas es precisamente la reducción del hacinamiento y un ahorro en gasto del Estado.
El plan piloto que aplica el Ejecutivo consiste en seleccionar a 100 presos  a quienes se les colocarán los grilletes electrónicos, con el fin de que cumplan sus penas bajo arresto domiciliario, siendo controlados a través de un dispositivo GPS para saber la respectiva ubicación. Al funcionar el mismo, el Gobierno procederá a realizar la adquisición masiva de estos dispositivos.
Serán los jueces quienes ordenarán si conceden o no dicha conversión de pena solicitada por la fiscalía o el imputando, dependiendo de cada caso. El magistrado deberá definir las reglas de conducta, la ruta de desplazamiento y los horarios.  A los que incumplan con las disposiciones de conducta se les amonestará preventivamente y si persisten se les revocará la medida y retornarán a prisión
 
DATO
El Decreto Legislativo 1322, que fue aprobado en el marco de las facultades otorgadas por el Congreso de la República, ordena que los que pueden beneficiarse son aquellos sentenciados a menos de ocho años de prisión, los que purgan prisión preventiva por delitos con penas bajas, privilegiándose a las mujeres embarazadas, personas de la tercera edad o sentenciados por juicios de alimentos y reos primarios.
 
 
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