Universidades cuestionan cambios en la carrera docente

ASUP y RPU advierten riesgos para la autonomía y sostenibilidad universitaria.
La Asociación de Universidades del Perú (ASUP) y la Red Peruana de Universidades (RPU) acordaron trabajar de manera conjunta para analizar y advertir sobre los efectos que podría generar la Ley n.º 32680 en la autonomía universitaria, la carrera docente, la meritocracia y la sostenibilidad económica de las instituciones de educación superior del país.
La iniciativa tiene su origen en una propuesta presentada por la Universidad Católica de Santa María, a través de su Consejo Universitario, que puso en conocimiento de la SUNEDU y de la ASUP su preocupación por el impacto de la Ley n.º 32680, particularmente por las disposiciones relacionadas con la incorporación de los jefes de práctica a la carrera docente universitaria.
Esta propuesta fue aprobada por unanimidad por el Consejo Directivo de la ASUP y posteriormente presentada ante cerca de 30 rectores integrantes de la Red Peruana de Universidades, organización liderada por el rector de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Dr. Julio del Valle Ballón.
APRUEBAN AGENDA DE TRABAJO
Durante la sesión extraordinaria realizada el miércoles 12 de agosto en las instalaciones de la Pontificia Universidad Católica del Perú, los rectores de la RPU acordaron avanzar juntas en una agenda de trabajo que permita llevar esta preocupación ante el Congreso de la República, la SUNEDU y el Ministerio de Educación, buscando que las decisiones que se adopten consideren la autonomía universitaria, la calidad académica y las condiciones reales en las que funcionan las universidades.
El presidente de ASUP, Jorge Luis Cáceres Arce, explicó que la posición de las universidades no busca impedir que los jefes de práctica puedan desarrollar una carrera docente. Por el contrario, señaló que su eventual incorporación debe realizarse respetando los principios de meritocracia y evaluación.

RATIFICACIÓN Y PROMOCIÓN NO SON LO MISMO
ASUP y la RPU también han expresado su preocupación por la disposición que permitiría la promoción automática de categoría después de superar el proceso de ratificación docente. Ambos procedimientos tienen finalidades diferentes.
La ratificación permite verificar que el docente mantiene las condiciones y competencias necesarias para permanecer en una determinada categoría; mientras que la promoción supone acreditar un nivel superior de preparación, experiencia y méritos académicos. Por ello, consideran necesario preservar mecanismos de evaluación que permitan garantizar la calidad de la carrera docente y reconocer el desempeño académico de manera objetiva.
Otro de los aspectos, que preocupa a ASUP y que es materia de análisis conjunto con la RPU, está relacionado con el impacto de la incorporación de los jefes de práctica en el cálculo del porcentaje de docentes a tiempo completo.
De acuerdo con los artículos 28 y 83 de la Ley Universitaria, el 25 % del escalafón docente debe desarrollar funciones a tiempo completo. La incorporación de los jefes de práctica al cuerpo docente podría, por tanto, generar nuevas exigencias sobre las estructuras académicas y financieras de las universidades.
También lee: MEF negociará nuevas pensiones para maestros jubilados
Leer comentarios