Arequipa

A 5 mil 810 padres demandaron en Corte de Justicia por no pagar alimentos a hijos

25 de agosto de 2019


A 260 progenitores en este año se les inició acciones penales por “omisión” y podrían ir a la cárcel por rehusarse a pagar pensión a hijos. A la fecha, según Corte de Arequipa, hay alrededor de 400 progenitores que fueron enviados a cárcel por no cumplir con sus vástagos. Hay casos de padres que tienen deudas acumuladas de hasta S/ 70 mil por no pagar pensión durante 15 años.

Por: Elizabeth Huanca U.

Entre el 2018 a abril de este año, 5 mil 810 padres han sido demandados ante la Corte Superior de Justicia de Arequipa por no pasar pensión alimenticia a sus hijos.

Solo durante los primeros cuatro meses de este año, mil 441 fueron denunciados por ello y llevan procesos en los 15 juzgados de Paz Letrado de la Corte arequipeña.

De forma paralela 260, que se han rehusado de todas las formas a cumplir con la obligación de mantener a sus vástagos, son juzgados a nivel penal y corren riesgo de ir a la cárcel por omisión a la asistencia familiar. El delito se sanciona hasta con dos años de prisión efectiva.

En estos casos, la condena se cumple en su totalidad. De esta manera, el padre o madre que ingresa a un establecimiento penitenciario no sale hasta terminar la pena impuesta. Solo alcanza algún beneficio si cancela la totalidad de lo adeudado a su vástago.

A la fecha, en los diversos penales de Arequipa, alrededor de 400 progenitores cumplen penas de hasta dos años por su irresponsabilidad. Un panorama complejo que traerá consecuencias para los irresponsables. Y es que, el 28 de julio pasado, el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció que los padres que incumplan con sus obligaciones alimentarias serán separados de la administración pública o un su defecto no podrán entrar a trabajar para el Estado.

ARGUCIAS E
IRRESPONSABILIDAD
En la corte mistiana hay progenitores con deudas de hasta S/ 70 mil hacia sus hijos. Incluso hay padres que han burlado la ley por 15 años para no cumplir con sus vástagos. Otros llevan juicios paralelos, pues tienen hijos en diferentes familias y no cumple con ninguna.

El juez Jaime Coaguila confiesa que en las demandas por alimentos, que se inician ante los juzgados de Paz Letrado y los procesos por omisión a la asistencia familiar, llevados a cabo en juzgados penales, hay miles de “triquiñuelas” que los omisos se ingenian para evadir su deber.

Todo ello confluye con el tiempo de demora de los procesos judiciales que no avanzan a los pasos esperados por la excesiva carga procesal. Los juicios por alimentos representan el 30% del total de procesos que se llevan en el distrito judicial de Arequipa.

Coaguila refiere que la demanda por alimentos, proceso a través del cual una madre o padre requiere una pensión alimentaria para su hijo o hijos, ha encontrado la principal traba en la demora de la notificación hacia el demandado. Ello debido a que estos suelen variar continuamente de domicilio con el fin de evadir la justicia. “Cuando se les notifica a la dirección del Reniec, no vive ahí o cambia continuamente de abogado para variar la dirección procesal y no ser ubicado”, cuenta Coaguila. En ese contexto, este tipo de procesos demoran en promedio 1 año y en el mejor de los casos seis meses.

Adicionalmente se advierte en los procesos que los imputados carecen paradójicamente de cualquier tipo de propiedad, o se declaran insolventes, una argucia que dificulta el cobro efectivo de la pensión alimentaria. Para Coaguila hay modificaciones en la ley que deberían efectuarse para lograr que el acusado pague lo que por derecho le corresponde a su vástago. “Las medidas cautelares deberían ser extensivas, es decir, si el padre alega no tener nada y a posterior adquiere una propiedad el sistema debería tener la capacidad de detectar ello (desde terrenos a artefactos) para hacer que de alguna forma cumpla con sus hijos”, comenta.

Otra traba para hacer efectivo el cobro de la pensión, es la informalidad laboral. Muchos de los denunciados alegan no tener trabajo fijo o no estar en planillas, por lo que los jueces no pueden ordenar el descuento directo.

PADRES OMISOS

Ganar el juicio por alimentos no asegura que el niño obtener la pensión hasta los 18 años –o con modificaciones legales hasta los 28 años-. Muchos padres, aun con sentencia y monto económico fijado por el juez, evaden la ley. Cuando ello ocurre, el padre alimentista es denunciado por omisión a la asistencia familiar, un delito que se castiga con cárcel. El proceso en teoría, debería ser inmediato –en dos a tres meses- pero en la práctica demora alrededor de un año. Ello, generalmente por la continua inasistencia del progenitor a las citaciones a nivel de fiscalía y del juez.

En este caso, al advertirse la omisión de la entrega mensual de la pensión, el juez de Paz Letrado, hace el requerimiento del progenitor. Si este no acude al llamado, corre traslado a Fiscalía, quien lo notifica. En ambos casos, si el padre paga lo adeudado el proceso se cierra, empero si ello no ocurre, el caso pasa al juzgado penal, donde incluso el evasor puede reparar su irresponsabilidad y cancelar lo que debe.

“En la práctica, el padre alimentista tiene hasta 5 o más oportunidades para cancelar la pensión acumulada”, agrega Coaguila. Admite que el juez del distrito arequipeño en estos casos, es más flexible que en otras cortes judiciales y evita enviar al penal al padre omiso. En el 80% de casos, los progenitores aceptan pagar la pensión cuando están por agotar la vía penal.

En ese contexto, la pena privativa solo se aplica en casos extremos, donde hay negativa rotunda de pago. “En algunos casos, se ve que el procesado argumenta que no es padre biológico, en otros que hay una terrible desobligación”, lamenta.

Para Coaguila “la cárcel no sirve para nada”. Y es que con el progenitor entre rejas, es menos probable que la justicia llegue para el menor.
Coaguila, con 17 años como magistrado, se ha topado con todo tipo de varones y hasta mujeres renuentes a cumplir económicamente con sus hijos. A su criterio, el juez debe ver todas las formas posibles para lograr el fin en un proceso por alimentos, que es que el niño o niña acceda a la pensión alimenticia.

Cuenta que en algunos casos, cuando se declara la insolvencia del padre –que son excepciones- ha dispuesto que el padre pague con trabajo. “El señor alegaba no tener dinero, pero era albañil. Ofreció culminar la construcción de la casa de la mamá de su hijo que no tenía techo. Así lo hizo. La idea es que tanto madre con el niño salgan beneficiados. Ese niño vivirá en mejores condiciones”, señala el magistrado. En otros casos, ha hecho que los padres paguen con propiedades o terrenos.

Compartir


Leer comentarios