Arequipa

Candia absuelto de acusación por compra de cámaras de seguridad

6 de julio de 2018

El juez del Primer Juzgado Unipersonal no encontró suficientes elementos para encarcelar al actual alcalde de Alto Selva Alegre y a su exgerente municipal, Daniel Gómez Benavente. En cambio sí encontró responsabilidad en otros cuatro funcionarios ediles y los condenó a ocho años de prisión efectiva.

El juez Roberto Salas Vilca del Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa absolvió como coautores del delito de colusión al alcalde del distrito de Alto Selva Alegre, Omar Candia Aguilar, y a su exgerente municipal, Daniel Gómez Benavente. El Ministerio Público los acusó debido a presuntas irregularidades en la compra de 40 cámaras de seguridad para la comuna distrital.
Sin embargo, los funcionarios ediles Juan Lipe Lizárraga (subgerente de logística) y Reynaldo Díaz Chilo fueron encontrados culpables como coautores del delito de colusión, mientras que los representantes del consorcio ganador, José Luis Ríos Sánchez y el consultor Sandro Martínez Sardón hallados responsables como cómplices primarios, por lo que el juez fijó una sentencia de ocho años de pena privativa de la libertad para cada uno.
Además del juez ordenó el impedimento de salida del país para los sentenciados y estableció el pago de una reparación civil de 100 mil soles a favor de la comuna distrital de Alto Selva Alegre.
FUNDAMENTOS
En el caso de Omar Candia, el magistrado basó su sentencia en tres puntos principales. Primero en un informe del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE), con el cual se pedía la nulidad del proceso de licitación de la compra al cual el alcalde no hizo caso.
Salas Vilca señaló que el informe llegó a destiempo con fecha de 23 de marzo de 2012, cuando la firma de la entrega de la buena pro se realizó el 9 de febrero del mismo año.
“Según la declaración de la perito de la Contraloría ya no se podía dar marcha atrás y por eso esta acusación no se acredita”, dijo el magistrado.
En segundo término, se establece la ejecución de las cartas fianza por un supuesto incumplimiento del consorcio. Según la acusación del fiscal Rubén Núñez Soto la carta fianza salió a nombre de una de las empresas del consorcio ganador y no a nombre de las dos como debía ser.
El juez valoró estos hechos y nuevamente con la ayuda de la perito señaló que por ser consorcio hay una responsabilidad compartida y ante cualquier proceso responden ambas solidariamente, por lo que también desestimó este presupuesto.
Como último punto se refirió al pago del proveedor. El Ministerio Público observó el procedimiento y señaló que el alcalde debió detener, sin embargo no lo hizo. El Juzgado amparó su decisión señalando que es un proceso que le compete a tesorería del municipio y no al alcalde.
En el caso del exgerente municipal, Daniel Gómez Benavente, el magistrado se amparó en una resolución de la Contraloría General de la República donde se le investigó por los mismos delitos por los que se le llevó a juicio, de los cuales fue absuelto.

TRAS BARROTES
En cambio, en el caso de los funcionarios el magistrado encontró que tenían relación con una de las empresas ganadoras de la buena pro (Soluciones del Perú).
“Los funcionarios y los representantes del consorcio fijaron una misma dirección ubicada en la avenida principal del distrito Sabandía”, explicó el juez.
Los abogados defensores anunciaron que apelarán la sentencia cuando sean notificados, mientras que el juez ordenó la inmediata detención de los sentenciados, aunque la lectura integral del fallo será el 30 de julio a las 16:30 horas.

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