Perú

Congreso definirá si inhabilita al expremier Anibal Torres

26 de marzo de 2024
ESTE MARTES

La Comisión Permanente revisará el informe que recomienda la suspensión de Torres por 10 años.

Este martes, la Comisión Permanente del Congreso revisará el informe que recomienda inhabilitar por 10 años de la función pública a Aníbal Torres Vásquez, expresidente del Consejo de Ministros durante el Gobierno de Pedro Castillo. 

Acusan al expremier por infracción a los artículos 38, 45 y 125 de la Constitución Política del Perú. Se ha determinado que los actos y expresiones de Torres vertidos, fundamentalmente, en los denominados Consejo de Ministros Descentralizados así como en entrevistas en medios de comunicación, constituyen conductas que infraccionan los artículos constitucionales mencionados. 

Las denuncias procedentes son:

-Denuncia Constitucional 206, que interpone la denunciante, Asociación Civil por la Integridad, hecha suya por el congresista Héctor José Ventura Angel, contra José Pedro Castillo Terrones, en su condición de expresidente de la República; Guido Bellido Ugarte, en su calidad de expresidente del Consejo de Ministros; Mirtha Esther Vásquez Chuquilín, en su condición de expresidenta del Consejo de Ministros, y Pedro Francke Ballvé, en su calidad de exministro de Economía y Finanzas, por la presunta infracción constitucional de los artículos 77, 80 y 118 (incisos 8 y 19) de la Constitución Política del Perú.

-Denuncia Constitucional 446, que interpone el congresista Héctor José Ventura Ángel, contra el expresidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias y de colusión agravada, tipificados en los artículos 400 y 384 del Código Penal.

-Denuncia Constitucional 442, que interpone el denunciante Juan Carlos Villena Campana, en su condición de fiscal de la Nación, contra el exministro de la Producción, Jorge Luis Prado Palomino, como presunto instigador del delito contra la administración pública – negociación incompatible, ilícito penal previsto en el artículo 399 del Código Penal, en agravio del Estado.

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