Contribuyentes podrán subsanar registros electrónicos sin sanciones

Sunat no sancionará infracciones relacionadas al SIRE hasta el 30 de junio de 2026
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes durante el proceso de implementación.
Así lo dispone la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000005-2026-SUNAT/700000, publicada este jueves en el diario oficial El Peruano.
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Plazos establecidos
Contribuyentes obligados hasta diciembre 2025: Podrán regularizar sus registros electrónicos y efectuar ajustes hasta el 30 de abril de 2026, sin sanciones por infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
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Contribuyentes obligados desde enero 2026: Podrán subsanar infracciones de los períodos enero a mayo 2026 hasta el 30 de junio de 2026.
La Sunat continuará con acciones de orientación para promover la correcta implementación del SIRE y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Más información disponible en: https://cpe.sunat.gob.pe/
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