Empresas deben facilitar permisos a quienes trabajan el día de elecciones

Si usted trabaja el domingo 7 de octubre, día de las elecciones, su empleador está en la obligación de dar todas las facilidades para que cumpla con su deber ciudadano. Si es miembro de mesa, con mayor razón. No obstante, si el empleador se niega a dar el permiso, el trabajador puede exigirle que pague la multa asignada por la ONPE. Esta asciende a S/ 207.50 para los miembros de mesa y S/ 83 para los ciudadanos que no acudan a votar.
Trabajar el día de las elecciones regionales y municipales (7 de octubre), no es justificación para no ir a votar, especialmente si es miembro de mesa.
La inasistencia en cualquiera de los dos escenarios (ser miembro de mesa o ciudadano en la obligación de sufragar) será sancionada con una multa que acumulada asciende a S/ 290.5, recordó el presidente de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), Isaac Barreda.
Recordó que si es miembro de mesa y labora el día de los comicios y no cumple su deber ciudadano deberá pagar una sanción pecuniaria de S/ 207.50. Si labora, pero no acude a votar, la pena será de S/ 83.
Barreda recordó que la causal de trabajo no está considerada entre las motivaciones para solicitar justificaciones o excusas ante la ONPE. Recordó a todos los empleadores, que se encuentran en la obligación de dar las facilidades para que sus trabajadores, que deban laborar durante los comicios, acudan a sufragar. Si ello es imposible, estos deberían asumir el pago de la multa.
VENCIERON PLAZOS
El funcionario, además, remarcó que el plazo para presentar excusas, en caso fue elegido como miembro de mesa, culminaron el 17 de agosto. A nivel de la ODPE Arequipa, que llevará adelante el proceso electoral en Arequipa e Islay, se presentaron solo 45.
Las causales para este trámite apuntan básicamente a impedimentos para ejercer el cargo por ser familiar de un candidato, personero o que dos o más miembros de una mesa sean parientes.
Las justificaciones, por su parte, se pueden presentar hasta cuatro días antes de las elecciones regionales y municipales. Estas solo consideran a la enfermedad o impedimentos físicos o mentales para ser admitidas. “Trabajar el día de las votaciones no es causal de justificación. En esos casos, los empleadores deben llegar a un acuerdo con sus trabajadores. Si estos no dan las facilidades y tampoco quieren pagar la multa, la ley no contempla sanciones para ellos, sin embargo desde la ONPE se está exhortando a que contribuyan con el éxito del proceso. Si no hay acuerdo de partes, entonces el trabajador deberá elegir. Si no va a votar, el pago lo debe asumir él, de igual forma si no ejerce su función como miembro de mesa”, explicó.
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