Arequipa

Más de 4 mil conductores ebrios fueron intervenidos este año

25 de octubre de 2018
conductores ebrios

Conductores ebrios. La Policía Nacional está en permanente alerta para detectar a los malos conductores que se encuentren bajo los efectos del alcohol. Además de la papeleta de infracción el vehículo será internado y la licencia de conducir suspendida por tres años.

Por: Mariela Zuni M.

Este fin de mes se aproxima una nueva fiesta en la ciudad, donde el consumo de alcohol se incrementará principalmente entre los jóvenes que saldrán a celebrar el Halloween o el día de la canción criolla. Sin embargo tenga en cuenta no conducir en estado de ebriedad, ya que podría ocasionar un accidente e incluso perder la vida.

Según cifras oficiales de la Policía Nacional del Perú, del 1 enero al 20 de octubre de este año, unos 4 mil 216 conductores que registraron más de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre fueron intervenidos y denunciados por el delito de peligro común.

Esta infracción denominada M2, según el Reglamento Nacional de Tránsito, se aplica por conducir con la presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, comprobada con el examen respectivo o por negarse al mismo.

 

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El castigo por conducir en estado de ebriedad es una multa de S/ 2 mil 075 (el 50% de la Unidad Impositiva Tributaria), suspensión de la licencia de conducir por tres años y el internamiento del vehículo.

En tanto la infracción M1 se aplica al conducir con presencia de alcohol en la sangre mayor a lo permitido y si ha participado en un accidente de tránsito. Esta es la sanción más grave de todas, además de las consecuencias penales que acarrea, si hubiese un herido u occiso, con una multa de S/ 4 mil 150, la cancelación de la licencia de conducir, inhabilitación definitiva para obtener una licencia e internamiento del vehículo.

Cuando una persona conduce un vehículo luego de haber ingerido licor puede ocasionar un accidente de tránsito y causar lesiones o acabar con la vida de otro ser humano. Por ello, la legislación vigente establece sanciones penales de hasta ocho años de cárcel.

Según el Decreto Legislativo 1194, que regula los procesos en casos de flagrancia, si el conductor ebrio ocasiona daños y muerte, es detenido durante 24 horas para que su caso sea visto por un fiscal, quien reúne las pruebas. Luego, el juez sentencia. Las penas se miden según la gravedad del hecho. La mínima es de dos años de prisión y la máxima de cuatro, si solo hay daños materiales. Pero si fuera afectada una persona (herido o fallecido), las penas se elevan y van de 4 a 8 años de cárcel.

 

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EN CIFRAS

Según las estadísticas de la Región Policial Arequipa los meses en que se registraron más intervenciones por peligro común fueron marzo (521), agosto (500), abril (493), junio (477) y julio (534).

En el transcurso del año la PNP hizo 4 mil 216 intervenciones por el delito de peligro común. El promedio de conductores detenidos por día es de 15, sin embargo los fines de semana la cifra se multiplica.

Ni las autoridades se salvan

En enero el regidor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, Christian Talavera, fue detenido por conducir un vehículo en estado de ebriedad. El año pasado su colega Pedro Santos Quispe fue intervenido por la misma causa.

DATO

En marzo el alcalde del distrito de Callalli, en la provincia de Caylloma, Maximiliano Huayta Gonzales, fue intervenido en Yanahuara por conducir en estado de ebriedad. Meses antes su par, Edwin Martínez, alcalde del distrito de Mariano Melgar, también fue detenido por manejar ebrio.

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