Arequipa

Nuevo reglamento obliga a locales de diversión a extremar seguridad

8 de junio de 2017
Nuevo reglamento obliga a locales de diversión a extremar seguridad

La Municipalidad Provincial de Arequipa ha publicado la Ordenanza Municipal Nº 1053 en donde se establece el reglamento de licencia de funcionamiento para actividades económicas en el distrito de Arequipa.

La norma municipal dicta medidas y acciones que deben tomar los centros de diversión nocturnas, restaurantes peñas show y similares en relación a la seguridad de sus visitantes. 
La ordenanza puesta en marcha desde ayer, obliga a que los locales tengan un sistema de seguridad interna y externa con capacidad de almacenamiento (grabación) de 15 días. En el caso de las cámaras externas indica que los elementos de vigilancia deberán estar interconectados con el sistema de serenazgo. Obliga a los centros nocturnos a instalar, si es que su aforo es superior a 100 personas, sistemas contra incendios tipo aspersor. Tendrán que contar con acondicionamiento acústico y antivibración. Un sistema de aire acondicionado que pueda servir como un extractor de humo. 
Entre las particularidades de esta norma se establece que los administradores de estos locales deberán contar con un convenio con una empresa de taxi. También se señala que los establecimientos deberán llevar un “libro de registros”.
“En caso de que existan clientes que se hayan excedido en el consumo de bebidas alcohólicas llegando a un estado de embriaguez, el personal de seguridad del establecimiento está obligado a embarcar al cliente en un taxi seguro, debiendo de llevar un libro en donde se registre el embarque del pasajero donde firmará tanto el vigilante como el chofer del taxi refiriendo la dirección de destino del pasajero”, indica la norma. 
Entre las novedades de la norma, señala que todo local referido a centros nocturnos tendrá que contar con un equipo de detección de metales en la puerta de ingreso con el fin de identificar armas de fuego o punzocortantes.
 
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