Perú

SBS fija montos de contribuciones para intermediarios y auxiliares de seguros en 2026

14 de enero de 2026

Las contribuciones varían según el tipo de intermediario y se pagarán en cuatro cuotas durante el año.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprobó los montos de las contribuciones que deberán abonar durante el año 2026 las instituciones y personas naturales sujetas a su control que no forman parte del sistema financiero, de seguros ni de reaseguros, conforme a lo dispuesto en la Resolución SBS n.° 00068-2026. 

Para los intermediarios y auxiliares de seguros que operan como personas jurídicas o empresas individuales de responsabilidad limitada, la SBS estableció una tasa de contribución equivalente al 0.665 % de los ingresos anuales registrados al 31 de diciembre de 2025. No obstante, se fijaron montos mínimos obligatorios según el tipo de actividad: los corredores de seguros deberán abonar como mínimo S/ 1,742; los ajustadores de siniestros y peritos de seguros, S/ 1,306; y los corredores de reaseguros, S/ 2,090. 

En el caso de los intermediarios y auxiliares de seguros que ejercen como personas naturales, la resolución determinó montos únicos anuales. Los corredores de seguros deberán pagar S/ 871, mientras que los ajustadores de siniestros y peritos de seguros abonarán S/ 746. Adicionalmente, aquellos que se desempeñen como representantes legales de empresas de intermediación o auxiliares de seguros deberán efectuar un pago adicional equivalente al 10 % del monto que corresponde a quienes ejercen únicamente como personas naturales.

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La norma también regula la situación de las empresas extranjeras inscritas en los registros de la entidad para actividades de seguros transfronterizas y reaseguros del exterior. En estos casos, los corredores de reaseguros extranjeros deberán pagar un monto anual de S/ 2,090, mientras que las empresas de reaseguros extranjeras deberán contribuir con S/ 3,483, como parte del régimen de supervisión y control que ejerce la autoridad peruana.

El pago de las contribuciones correspondientes al año 2026 se realizará en cuatro cuotas. La primera deberá cancelarse hasta el 20 de marzo, la segunda hasta el 19 de junio, la tercera hasta el 18 de septiembre y la cuarta hasta el 18 de diciembre. La SBS precisó que, en caso de mora, los montos adeudados generarán intereses conforme a la tasa de interés activa promedio en moneda nacional, publicada por la propia institución.

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