Educación

Año escolar 2020: Conozca que cosas no pueden exigir los colegios nacionales

3 de marzo de 2020
Foto referencial.

Muchos colegios del Estado ya han sido sancionados por realizar cobros indebidos a los padres de familia.

El próximo 16 de marzo los alumnos de las instituciones educativas nacionales regresarán a las aulas para iniciar el año escolar 2020. A la fecha, muchos colegios ya han sido sancionados y otros están en proceso.

A continuación, los padres de familia deben tener en cuenta los siguientes derechos:

  • No se puede condicionar la matrícula a ningún pago previo.
  • Los colegios públicos estan obligados a publicar el número de vacantes y fechas de matrículas. Además, todos los centros educativos deben reservar dos vacantes para estudiantes discapacitados, está prohibido negarles el ingreso.
  • Los estudiantes no están obligados a utilizar un uniforme determinado.
  • Si se opta por comprar el uniforme, no se puede direccionar la compra de uniformes a un establecimiento determinado.
  • El padre podrá entregar la totalidad de la lista de útiles en un tiempo razonable.
  • No pueden exigir materiales de una marca específica.
  • La institución educativa está prohibida de pedir útiles de aseo.
  • Los centros educativos deben realizar la selección de textos con la participación de los padres de familia según el procedimiento establecido para ello.

Los padres de familia que detecten alguna irregularidad en los colegios nacional, podrán acercarse a la UGEL correspondiente a realizar su queja.

Resultado de imagen de colegios nacionales

Los colegios tienen la obligación de contar con un libro de reclamaciones y dar respuesta ante una queja en el plazo de 30 días.
EPD
Compartir


Leer comentarios