Arequipa

Deuda social: Amplían plazo para presentar diagnóstico médico

7 de abril de 2021
Foto: La información remitida tendrá la calidad de declaración jurada.

Los usuarios de la deuda social con diagnóstico de enfermedad en fase terminal, avanzada o discapacidad severa podrán presentar su documentación médica hasta el 15 de mayo de 2021.

El Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Oficina de Deuda Social, informó acerca de la ampliación del plazo.

Esto corresponde al Decreto de Urgencia N° 035-2021, emitido el pasado 1 de abril por el Ministerio de Economía y Finanzas.

En consecuencia, se establece que los interesados deberán presentar sus expedientes ante su unidad ejecutora (educación, transportes, salud, entre otros) hasta la nueva fecha indicada.

Cabe precisar que la documentación deberá contener los requisitos conforme al decreto supremo 015-2021-EF art 8 incisos b, y lo contenido en el reglamento de la ley 30137 artículo 6.

Aquí señala que, para la acreditación de enfermedad en fase terminal o en fase avanzada, se requiere un informe emitido por una junta médica.

Dicha junta está conformada por mínimo tres especialistas, ya sean del Ministerio de Salud o de EsSalud.

Asimismo, se tiene que consignar los datos de los médicos habilitados que suscriben el informe, indicando sus especialidades y números de colegiaturas, otorgados por el Colegio Médico del Perú.

También debe registrar el diagnóstico del estadio terminal o avanzado de la enfermedad del paciente.

De igual manera, se debe consignar la fecha, lugar, número de informe, nombre completo y número de documento nacional de identidad del paciente.

Además, el motivo de la expedición del informe tiene que señalar el requerimiento de la atención de pago de sentencia judicial, en calidad de cosa juzgada y en ejecución.

En tanto, la acreditación de la condición de persona con discapacidad severa se realiza de acuerdo a la norma establecida por el Ministerio de Salud.

Es decir, a través del certificado de discapacidad conforme a lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Dicho certificado es otorgado en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS certificadoras de la discapacidad, públicas, privadas o mixtas a nivel nacional.

Es importante recalcar que la documentación médica debe ser presentada en el plazo establecido, puesto que se cuenta con un cronograma para la remisión de la información al MEF.

Para consultas, se pueden comunicar con el teléfono 054382860 anexos 1403 – 1404 de 8 a.m. a 12 p.m.

Finalmente, indicar que toda información remitida por los usuarios de la deuda social tendrá la calidad de declaración jurada y bajo los alcances del Principio de Veracidad.

Por lo tanto, si se remite información falsa conforme lo establece el Código Penal en sus artículos 438 serán sancionados con pena privativa de libertad de hasta cuatro años.

Pagarán deuda social a profesores de Arequipa
Compartir


Leer comentarios